Cuando una familia está considerando un proyecto académico en Estados Unidos y el estudiante tiene doble nacionalidad, suelen surgir dudas acerca de qué pasaporte utilizar para solicitar la I-20 y cómo esto influye si luego se desea solicitar un cambio de estatus dentro de EE. UU.
Este tema es especialmente importante para estudiantes venezolanos con TPS que también poseen una segunda ciudadanía (por ejemplo, portuguesa, italiana o española).
A continuación, explicamos este proceso de manera clara y responsable, basándonos en cómo las instituciones educativas certificadas por SEVP gestionan estos casos y cómo USCIS analiza la parte migratoria cuando hay cambio de estatus dentro del país.
🎓 ¿Qué es el Formulario I-20 y quién lo emite?
El Formulario I-20 es un documento académico, emitido por una institución certificada por SEVP, que confirma que el estudiante:
- Ha sido aceptado en un programa de estudios a tiempo completo.
- Cumple los requisitos académicos y financieros exigidos.
- Tiene una escuela autorizada para patrocinar el estatus F-1.
Es importante aclarar que:
La I-20 no es un estatus migratorio.
Es el documento académico que luego permite solicitar el estatus F-1.
🛂 Entonces, ¿qué pasaporte debe usarse para solicitar la I-20?
Según las instituciones SEVP, cuando un estudiante tiene doble nacionalidad, la escuela puede emitir la I-20 utilizando cualquiera de los pasaportes válidos del estudiante.
Esto significa que:
- Se puede usar el pasaporte de la segunda nacionalidad (p. ej., portugués o italiano).
- El sistema SEVIS acepta la emisión de la I-20 basado en el pasaporte vigente disponible, sin afectar la validez del proceso académico.
- Muchas escuelas recomiendan usar el pasaporte que tenga mayor vigencia, para evitar trámites adicionales.
💡 Conclusión:
Para la I-20, se puede usar el pasaporte portugués, italiano, español, etc., si está vigente y válido.
¿Qué pasa cuando el estudiante está en EE. UU. y desea un Cambio de Estatus a F-1?
Aquí es donde muchos se confunden. Cuando se solicita un cambio de estatus dentro de EE. UU. (Formulario I-539), lo importante no es el pasaporte, sino el:
✅ Estatus migratorio vigente
Es decir:
La solicitud del estatus F-1 se presenta desde el estatus legal actual en el que la persona se encuentra.
Ejemplo para estudiantes venezolanos:
Si el estudiante tiene TPS venezolano vigente, entonces:
- Su estatus legal actual es TPS.
- La solicitud de F-1 se hace desde TPS.
- Aunque la I-20 haya sido emitida con el pasaporte portugués, italiano o español.
💬 Esto es exactamente lo que recomiendan las instituciones SEVP con las que trabajamos.
🔄 ¿Y si el estudiante entró con ESTA (Visa Waiver) usando el pasaporte europeo?
Este es un punto delicado. A continuación lo que nos indican las escuelas:
- El ESTA, por sí solo, no permite solicitar cambio de estatus.
- Pero cuando la persona ha sido otorgada TPS posteriormente, el estatus vigente cambia.
- Entonces la solicitud de F-1 se basa en el TPS, no en el ESTA.
Esto significa:
✅ No es una solicitud ESTA → F1.
✅ Es una solicitud TPS → F1.
✅ Y es legalmente posible, siempre que el TPS esté vigente y se cumplan los demás requisitos.
🧭 Resumen de Soluciones Recomendadas (según instituciones SEVP)
| Situación del Estudiante | Pasaporte utilizado en la I-20 | Estatus desde el cual se solicita el F-1 | Recomendación práctica |
|---|---|---|---|
| Doble nacionalidad, ingresó con visa (ejemplo: turista B1/B2) | Puede usar cualquiera | Se solicita desde el estatus actual válido (B1/B2 o TPS) | Incluir ambos pasaportes en la documentación para transparencia. |
| Doble nacionalidad, ingresó con ESTA y ahora tiene TPS | Puede usar cualquiera | Siempre solicitar desde TPS, no desde ESTA | Dejar claro en carta de intención que el estatus legal actual es TPS. |
| Doble nacionalidad, todavía está fuera de EE. UU. | Puede usar cualquiera | Debe aplicar vía consulado en país de residencia | Preparar coherentemente la narrativa académica y vínculos familiares. |
| Nacionalidad única (solo venezolano con TPS) | Pasaporte venezolano | Se solicita desde TPS | Mantener constancia de vigencia del TPS. |
⚠️ Aviso Importante
Esta información es de carácter académico y administrativo.
No constituye asesoría legal ni migratoria.
El criterio final sobre visas y estatus corresponde única y exclusivamente a:
- USCIS
- SEVP
- Consulados de los Estados Unidos
- y/o un abogado de inmigración licenciado.
Si necesitas orientación legal, podemos referirte con abogados aliados.
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